EL ESTADO CONTRA LA “DESINFORMACIÓN”

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El Consejo de Seguridad Nacional, en su reunión del día 6 de octubre de 2020, aprobó el Procedimiento de actuación contra la desinformación, publicado el 5 de noviembre en el BOE-A-2020-136631. Dado que el Procedimiento fue cuestionado desde el primer momento, la Presidencia del Gobierno hizo pública una nota de prensa aclaratoria2, aunque carece de carácter vinculante.

Este Procedimiento no tiene rango de ley, y solo es una actualización de otro ya vigente. Enlaza con dos documentos básicos de la Comisión Europea: el Plan de Acción contra la Desinformación3 (diciembre de 2018), y el Plan de Acción para la Democracia (que ha terminado su periodo de consultas en 2020)4,5. El primero fue el punto de partida de la actuación europea en este campo y se centraba en injerencias electorales, en línea con la preocupación que suscitó la desinformación rusa en las elecciones estadounidenses de 20166. El segundo es más amplio, ocupándose también de asuntos como el pluralismo de los medios y la libertad de prensa, así como reflejando la infodemia resultante del SARS-CoV-2. La Unión Europea ha solicitado a los estados miembros que adopten su propia estrategia nacional para lograr una mejor coordinación en este campo, y cada país ha decidido cómo actuar.

Si bienBruselas ha respaldado este texto tal como se ha redactado en el BOE7, otros países de la UE, como Alemania (que da pautas, recomendadas por la ONU, a la ciudadanía para reconocer las desinformaciones8)9 o Francia(que ha constituido organismos de verificación independientes)10, han afrontado el problema de forma más democrática.

Así, las críticas al Procedimiento español surgen de diversas asociaciones de prensa y colectivos por varias razones:

  • Aunque la nota aclaratoria de Moncloa habla de “evitar la injerencia extranjera”, esto no está reflejado en el BOE. Pero tampoco hace mención a la creación de noticias falsas dentro del Estado Español11.
  • Sobre la desinformación: será perseguida por las “autoridades públicas competentes”, dependientes del Gobierno, mediante procedimientos no definidos en el texto del BOE.
  • No se concreta de qué manera se actuará contra las desinformaciones y contra lxs responsables de las mismas. La desinformación no es ilegal12.
  • Tampoco está claro que la desinformación, más allá de casos concretos, sea un problema de seguridad nacional. En dichos casos, ya existen mecanismos de actuación por parte de los Servicios de Inteligencia13.
  • El control de la información por parte de organismos gubernamentales puede atentar contra el artículo 20 de la Constitución Española14.
  • No se cuestiona la integridad periodística de los grandes medios.

El control de la información siempre fue una herramienta poderosa. Y actualmente, con el auge de las RRSS (cuya importancia, por cierto, el Procedimiento obvia), lo es aún más. Sin embargo, existen numerosas iniciativas internacionales, tanto públicas15,16 como privadas17que buscan proporcionar las herramientas necesarias a la población para que pueda distinguir por sí sola lo verídico de lo falso18. No obstante, los intentos por hacer una sociedad cada vez menos crítica con el poder establecido19,20 deben hacernos estar atentxs ante todo retroceso de libertades21. Hay formas de cuestionar el poder22 . ¡Porque ser críticx siempre estará en el fondo de todo ser humano!¡Está en nuestra mano, más que nunca, buscar la información más verídica! Solo para un segundo… y piensa23.

1 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-13663
2 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-13663
3 https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/eu-communication-disinformation-euco-05122018_en.pdf
4 https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/eu-communication-disinformation-euco-05122018_en.pdf
5 https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/eu-communication-disinformation-euco-05122018_en.pdf
6 https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/eu-communication-disinformation-euco-05122018_en.pdf
7 https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/eu-communication-disinformation-euco-05122018_en.pdf
8 https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/eu-communication-disinformation-euco-05122018_en.pdf
9 https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/eu-communication-disinformation-euco-05122018_en.pdf
10 https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/eu-communication-disinformation-euco-05122018_en.pdf
11 https://www.rsf-es.org/espana-rsf-advierte-de-que-el-plan-contra-la-desinformacion-del-gobierno-es-una-amenaza-potencial-contra-la-libertad-de-prensa/
12 http://libertadinformacion.cc/desinformando-sobre-la-desinformacion-por-joan-barata/
13 https://www.youtube.com/watch?v=8TrEByYwaec&feature=youtu.be
14 https://www.laconstitucion.es/articulo-20-de-la-constitucion-espanola.html
15 https://www.laconstitucion.es/articulo-20-de-la-constitucion-espanola.html
16 https://www.laconstitucion.es/articulo-20-de-la-constitucion-espanola.html
17 https://www.laconstitucion.es/articulo-20-de-la-constitucion-espanola.html
18 https://www.laconstitucion.es/articulo-20-de-la-constitucion-espanola.html
19 https://www.laconstitucion.es/articulo-20-de-la-constitucion-espanola.html
20 https://www.laconstitucion.es/articulo-20-de-la-constitucion-espanola.html
21 https://www.laconstitucion.es/articulo-20-de-la-constitucion-espanola.html
22 https://www.laconstitucion.es/articulo-20-de-la-constitucion-espanola.html
23 https://www.laconstitucion.es/articulo-20-de-la-constitucion-espanola.html

Más Información:

https://www.laconstitucion.es/

https://ec.europa.eu/

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